El régimen de Zona Fría, que durante años permitió que millones de hogares argentinos accedieran a una tarifa de gas diferencial, acaba de sufrir una modificación sustancial.
El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto impulsado por el Gobierno de Javier Milei que modifica el sistema establecido por las leyes 25.565 y 27.637.
La reforma no elimina completamente el régimen de Zona Fría. Mantiene el beneficio para determinadas regiones consideradas históricamente frías —principalmente la Patagonia, la Puna y Malargüe—, pero modifica el tratamiento para numerosas provincias y localidades que habían sido incorporadas mediante la ampliación de 2021.
Y entre las zonas afectadas se encuentra buena parte del territorio cordobés.
Para entender el cambio hay que remontarse al año 2002.
El régimen fue creado mediante el artículo 75 de la Ley 25.565, dentro de la Ley de Presupuesto, con el objetivo de establecer un tratamiento diferencial para los usuarios residenciales de gas de determinadas regiones del país donde las bajas temperaturas generan una mayor necesidad de calefacción.
La lógica era sencilla: en las regiones más frías, durante buena parte del año los hogares necesitan consumir más gas para calefaccionarse.
Por ese motivo, el Estado estableció una tarifa diferencial que reduce el costo que pagan determinados usuarios.
Originalmente, el beneficio alcanzaba principalmente a la Patagonia, la Puna y el departamento mendocino de Malargüe.
El régimen tuvo una modificación muy importante durante 2021.
Ese año el Congreso sancionó la Ley 27.637, denominada “Ampliación del Régimen de Zona Fría”.
La nueva legislación extendió el beneficio a numerosas localidades de distintas provincias.
Entre ellas quedaron incorporadas amplias zonas de:
Córdoba;
Buenos Aires;
Santa Fe;
Mendoza;
San Luis;
San Juan;
La Rioja;
Catamarca;
Salta;
Jujuy;
y otras jurisdicciones.
La ampliación se realizó tomando como referencia las zonas bioambientales utilizadas por ENARGAS, de acuerdo con la norma IRAM 11603/2012.
De esta manera, el beneficio dejó de estar limitado exclusivamente a la Patagonia y otras regiones tradicionalmente consideradas frías.
La Ley 27.637 estableció un beneficio equivalente al 50% del cuadro tarifario pleno para determinados usuarios comprendidos en el régimen.
Además, para las zonas incorporadas por la ampliación de 2021 se estableció un esquema que contemplaba descuentos diferenciados.
En términos generales, los usuarios residenciales de las nuevas zonas podían acceder a una reducción del 30%, mientras que determinados hogares considerados vulnerables podían llegar al 50%.
Por eso, cuando un usuario veía una factura de gas con un descuento correspondiente a “Zona Fría”, no significaba que el Estado estuviera pagando toda la factura.
El beneficio actuaba sobre el componente tarifario correspondiente al régimen.
El sistema tiene una característica particular.
El régimen se financia mediante un recargo que pagan los usuarios de gas de todo el país, destinado a constituir un fondo para sostener los beneficios de las zonas alcanzadas.
La legislación permitió al Poder Ejecutivo modificar ese recargo dentro de determinados límites.
El Gobierno argumentó que, con la ampliación de 2021, el costo del régimen había crecido significativamente y que el mecanismo original de financiamiento resultaba insuficiente.
Este es uno de los principales argumentos utilizados para impulsar la reforma.
El Gobierno de Javier Milei impulsó durante 2026 una modificación integral del régimen.
El proyecto fue presentado por el Poder Ejecutivo y finalmente aprobado por el Congreso.
El Senado convirtió la iniciativa en ley el 24 de septiembre de 2026.
La nueva norma reduce el alcance territorial del beneficio automático.
En otras palabras, muchas localidades que habían ingresado al régimen en 2021 dejan de recibir automáticamente el descuento por el solo hecho de encontrarse dentro de una determinada zona geográfica.
El Gobierno plantea reemplazar esa lógica por un esquema más focalizado.
Este es uno de los puntos más importantes.
Los hogares que quedan fuera del beneficio automático no necesariamente pierden toda posibilidad de recibir una asistencia sobre el gas.
La nueva legislación establece que, en las zonas incorporadas durante 2021, el descuento quedará vinculado a la situación socioeconómica del hogar.
El objetivo es que la ayuda se concentre en los usuarios considerados vulnerables.
El nuevo esquema contempla, entre otros criterios, la incorporación de hogares cuyos ingresos se encuentren dentro de determinados límites establecidos por la normativa de subsidios energéticos.
También contempla situaciones particulares vinculadas con discapacidad, vivienda en barrios registrados, veteranos de Malvinas y otras condiciones.
Por lo tanto, el cambio fundamental es pasar de un beneficio geográfico y automático a uno más focalizado según la situación del usuario.
El régimen conserva el tratamiento diferencial para las regiones que originalmente estaban comprendidas.
Entre ellas se encuentran:
• La Patagonia.
• La Puna.
• El departamento de Malargüe, en Mendoza.
En esas zonas continúa el esquema de beneficios sobre el consumo residencial de gas natural por redes y gas propano por redes.
Para las zonas que fueron incorporadas posteriormente, el acceso deja de ser automático.
Córdoba se encuentra entre las provincias donde la reforma tendrá un impacto territorial importante.
La ampliación de 2021 había incorporado numerosos departamentos cordobeses al régimen.
Con la nueva legislación, varios de ellos dejan de contar con el descuento automático.
Entre los departamentos señalados como excluidos aparecen:
Tercero Arriba
Río Cuarto
Juárez Celman
General Roca
Presidente Roque Sáenz Peña
Calamuchita
Santa María
San Alberto
Es decir que Tercero Arriba, donde se encuentra Hernando, queda alcanzado por el recorte del beneficio automático.
Para los usuarios residenciales de Hernando y otras localidades de Tercero Arriba, el cambio significa que la pertenencia geográfica al régimen de Zona Fría deja de garantizar automáticamente el descuento que existía hasta ahora.
Los hogares que no cumplan con los criterios establecidos para acceder a los subsidios focalizados deberán afrontar una factura de gas sin el descuento específico de Zona Fría.
En consecuencia, el impacto concreto sobre cada familia dependerá de su situación socioeconómica, del nivel de consumo y de los componentes que integran su factura.
Esto es importante porque no todos los usuarios necesariamente tendrán el mismo aumento.
El efecto será diferente para un hogar que conserve un subsidio focalizado y para otro que pierda completamente el beneficio.
Las estimaciones oficiales presentadas durante el tratamiento parlamentario señalaron que el nuevo esquema provocaría que más de 3,3 millones de hogares pierdan el subsidio automático.
Otras estimaciones difundidas durante el proceso legislativo ubicaron en alrededor de 1,6 millones los usuarios que dejarían de recibir directamente el beneficio, dependiendo de cómo se contabilicen los hogares y usuarios alcanzados por los distintos componentes del régimen.
La diferencia entre las cifras responde a que se trata de universos y criterios de medición diferentes.
En todos los casos, el objetivo de la reforma es reducir significativamente la cantidad de usuarios que reciben el beneficio por el solo hecho de residir en una zona incluida en el régimen.
El Gobierno nacional sostiene que el sistema anterior tenía problemas de diseño.
Uno de sus principales argumentos es que la ampliación realizada en 2021 incorporó localidades que no necesariamente presentaban las condiciones climáticas que originalmente justificaban el régimen.
Además, sostiene que el crecimiento de la cantidad de beneficiarios generó un costo creciente para el Estado y que el mecanismo de financiamiento no resultaba suficiente.
En un decreto publicado en 2025, el Gobierno ya había cuestionado que la ampliación de 2021 incluyera zonas calificadas como cálidas por la norma IRAM y había advertido sobre el creciente financiamiento estatal necesario para sostener el beneficio.
La nueva legislación busca, por lo tanto, reducir el subsidio generalizado y focalizarlo en los hogares que realmente necesitan asistencia.
Las críticas apuntan principalmente al impacto que puede tener sobre las familias que utilizan gas para calefaccionarse.
La Federación Argentina de Municipios, que reúne a más de 500 intendentes e intendentas, cuestionó la reforma y advirtió que la reducción de los beneficios puede generar un impacto significativo sobre los usuarios.
Desde esta perspectiva, el problema no debería analizarse solamente por el nivel de ingresos de una familia, sino también por las condiciones climáticas de la región y por la cantidad de energía que necesita consumir un hogar para calefaccionarse.
Más allá de la discusión política, la reforma implica un cambio en el concepto mismo del subsidio.
Hasta ahora, en las zonas incorporadas por la Ley 27.637, el lugar donde vivía el usuario era uno de los principales criterios para obtener el beneficio.
Con el nuevo esquema, el criterio pasa a ser principalmente la situación socioeconómica del hogar.
La discusión, entonces, deja de ser solamente:
“¿Hace frío en esta región?”
y pasa a ser:
“¿El hogar que vive en esta región necesita asistencia económica para afrontar el costo del gas?”
Ese cambio de criterio es uno de los puntos centrales de la nueva legislación.
La nueva normativa también modifica la forma en que se calcula el subsidio.
El beneficio pasará a calcularse sobre el precio del gas, y no sobre el total de la factura.
Esto es relevante porque la factura de gas no está compuesta únicamente por el precio del gas consumido.
Incluye además componentes vinculados con transporte, distribución, impuestos y otros conceptos.
Por lo tanto, aun cuando un usuario mantenga un determinado porcentaje de subsidio, eso no significa necesariamente que ese mismo porcentaje se aplique sobre el total final de la factura.
La magnitud concreta del impacto en cada hogar dependerá de la implementación de la nueva ley, de las disposiciones reglamentarias y de los cuadros tarifarios vigentes.
También será determinante saber qué usuarios quedan incluidos en el nuevo esquema de subsidios focalizados.
Por eso, para una familia de Hernando no alcanza con decir simplemente “se elimina el 30%” o “la factura aumentará un 30%”.
No existe un porcentaje único de aumento para todos los usuarios.
El resultado dependerá de la categoría del usuario, su consumo, los componentes tarifarios y de si reúne o no las condiciones para mantener una asistencia estatal.
La denominada Zona Fría no desaparece completamente.
Lo que cambia es su alcance.
La reforma impulsada por el Gobierno de Javier Milei:
• Mantiene el beneficio para las regiones históricamente incluidas, como Patagonia, Puna y Malargüe.
• Elimina el beneficio automático para numerosas zonas incorporadas en 2021.
• En esas zonas, la ayuda queda principalmente vinculada a la situación económica del hogar.
• Cambia la base sobre la cual se calcula el subsidio.
• Reduce la cantidad de usuarios que reciben el beneficio por el solo hecho de vivir en determinada región.
• En Córdoba afecta a numerosos departamentos, entre ellos Tercero Arriba.
Para Hernando, el dato más importante es que Tercero Arriba deja de estar alcanzado por el beneficio automático de Zona Fría.
La discusión que ahora comienza será cuánto impactará efectivamente la modificación en las facturas de los hogares de nuestra región y cuántos usuarios podrán conservar algún nivel de subsidio a través del nuevo esquema focalizado.




