La nota presentada ante la Cooperativa lleva como asunto “Respuesta a declaraciones públicas y formal emplazamiento por daños en propiedad privada” y está dirigida al Consejo de Administración de Coop-Her.
En el escrito, Márquez sostiene que su representada es titular registral y poseedora del inmueble y plantea que la ejecución de trabajos en la vía pública habría provocado daños estructurales en la vivienda.
Según la presentación, las fallas habrían afectado de manera significativa la habitabilidad del inmueble y llevado a la familia a abandonar la propiedad.
El abogado fundamenta su reclamo en distintas disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y plantea la existencia de responsabilidad por los daños que atribuye a los trabajos realizados frente a la vivienda.
Uno de los puntos centrales de la nota es la responsabilidad que, según el abogado, le correspondería a Coop-Her independientemente de que los trabajos hayan sido ejecutados materialmente por una empresa contratista.
El escrito sostiene que la utilización de maquinaria pesada, perforaciones e hincado de postes genera vibraciones y constituye una actividad que puede producir daños, por lo que plantea la aplicación del régimen de responsabilidad objetiva por riesgo creado.
Además, señala a Coop-Her como comitente o encargante de la obra y sostiene que existiría responsabilidad concurrente entre la Cooperativa, la empresa contratista y la aseguradora.
La presentación también cuestiona que la damnificada deba esperar la resolución de los trámites internos entre la Cooperativa, la contratista y la compañía de seguros para obtener una reparación.
Otro de los puntos planteados está relacionado con las consecuencias que tuvo la situación para la familia.
El abogado sostiene que Oyarzábal habitó la vivienda durante más de 11 años sin registrar previamente problemas de grietas o fallas estructurales y establece una relación temporal entre la aparición de las patologías y los trabajos ejecutados frente al inmueble.
En el escrito también se señala que la familia debió alquilar una vivienda alternativa para preservar su integridad, generando un gasto que actualmente —según la presentación— supera los $400.000 mensuales.
Ese monto es incluido dentro de los perjuicios cuya reparación se reclama.
La parte más concreta de la presentación es la intimación formal a Coop-Her para que intervenga en la solución del problema.
El abogado establece un plazo de cinco días hábiles para que la Cooperativa intervenga ante la empresa contratista y su compañía aseguradora y procure la inmediata reparación técnica de la estructura de la vivienda.
Como alternativa, solicita que Coop-Her asuma directamente las obras de reparación necesarias y el reintegro de los gastos derivados del alquiler de la vivienda alternativa.
El escrito deja expresamente planteada la posibilidad de iniciar acciones judiciales por daños y perjuicios, daño moral y afectación de los derechos de propiedad si no se obtiene una respuesta.
El nuevo planteo se produce después de que Coop-Her hiciera pública su posición sobre el caso.
En la explicación brindada anteriormente a RH1, José Ramello había señalado que la Cooperativa recibió a la familia, envió personal para observar los daños, tomó fotografías y puso a disposición los datos de la póliza correspondiente a la empresa contratista. También había señalado que no estaba determinado que las grietas hubieran sido provocadas por los trabajos y que correspondía avanzar técnicamente para establecer el origen y las responsabilidades.
La nueva presentación legal cuestiona precisamente ese criterio y sostiene que Coop-Her no puede desligarse de responsabilidad por el solo hecho de haber contratado a una empresa externa.
De esta manera, el conflicto entra en una nueva etapa: mientras la propietaria, a través de su abogado, reclama que la Cooperativa intervenga directamente en la reparación, desde Coop-Her se había planteado que debía actuar inicialmente la empresa contratista y su aseguradora.



