El presidente del Concejo Deliberante, Jorge Vassallo, explicó durante la sesión que uno de los primeros desafíos al abordar la iniciativa fue determinar desde qué lugar debía realizarse el reconocimiento.
La discusión, señaló, implicaba definir cuál debía ser la mirada sobre un hecho ocurrido hace 50 años y cómo debía observarlo la sociedad actual.
En ese sentido, planteó la necesidad de separar la historia de María Eugenia de cualquier valoración política o partidaria. Antes de avanzar con el reconocimiento, sostuvo que el Concejo debía determinar si los hechos relatados estaban efectivamente acreditados.
Para ello, destacó la importancia de recurrir a documentación oficial y, particularmente, a los antecedentes judiciales que permitieron reconstruir lo sucedido.
“Lo primero que tenemos que determinar es si los hechos tal cual están relatados existieron”, fue uno de los conceptos centrales de su intervención.
La existencia de una sentencia judicial, explicó, facilitó esa tarea. A partir de allí, se pudo establecer que María Eugenia Irazuzta efectivamente había nacido en Hernando y que había sido víctima de la represión ilegal.
La resolución se sustenta precisamente en documentación del Archivo Provincial de la Memoria de Córdoba y en antecedentes judiciales que acreditaron los hechos.
Durante su exposición, Vassallo realizó un extenso recorrido por el proceso judicial relacionado con los crímenes cometidos durante la dictadura y explicó cómo fueron reconstruidos los hechos vinculados con Irazuzta.
Mencionó los distintos momentos atravesados por las causas judiciales después del retorno de la democracia, incluyendo el Juicio a las Juntas, las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, los posteriores procesos por la verdad histórica y la reapertura de las causas.
En ese contexto, destacó particularmente el proceso judicial iniciado en Córdoba y la documentación que permitió establecer las circunstancias de la detención y muerte de María Eugenia.
Uno de los elementos señalados fue la existencia de registros oficiales de víctimas del terrorismo de Estado en los que aparece consignada Irazuzta, aunque con algunas diferencias en la escritura de su apellido. La coincidencia de otros datos permitió establecer que se trataba de la misma persona.
También se refirió a la información vinculada con su domicilio, el secuestro, el lugar de cautiverio y las circunstancias de su muerte.
El fallo judicial reconstruyó además las condiciones de cautiverio en el D2 y estableció que los detenidos permanecían incomunicados, vendados y en condiciones inhumanas, además de haber sido sometidos a tormentos.
Uno de los aspectos más graves relatados durante la sesión estuvo relacionado con la forma en que fue presentada oficialmente la muerte de María Eugenia.
Según el fallo citado durante la exposición, el 30 de abril de 1976 se produjo en las dependencias del D2 un operativo destinado a simular un intento de fuga.
Después de reacomodar a los detenidos y despejar determinados sectores del lugar, María Eugenia Irazuzta, Eduardo Daniel Bártoli y Víctor Hugo Chiavarini fueron asesinados mediante la utilización de armas de fuego.
Posteriormente, se difundió oficialmente la versión falsa de que los tres habían sido abatidos al intentar escapar. La documentación judicial permitió establecer que aquella versión había sido fraguada para encubrir los homicidios.
Este punto fue considerado particularmente relevante durante el debate, porque demuestra que no se trató simplemente de una muerte ocurrida en un contexto de enfrentamiento, sino de un hecho posteriormente investigado y probado judicialmente.
Uno de los ejes centrales del debate en el Concejo fue precisamente la necesidad de diferenciar el reconocimiento de María Eugenia como víctima de cualquier adhesión a sus ideas políticas.
Vassallo sostuvo que la intención del cuerpo legislativo era llegar hasta la verdad histórica comprobada y no avanzar sobre cuestiones valorativas que pudieran convertir el homenaje en una disputa política.
En esa línea, sostuvo que una persona puede ser reconocida como víctima independientemente de las ideas que haya sostenido o de las actividades que hubiera desarrollado.
El fundamento, planteó, está en algo más básico: el derecho de toda persona a un juicio justo y al respeto de su vida y su integridad física.
“Tenemos establecido que hubo una persona de Hernando que fue víctima”, sintetizó durante su intervención, remarcando que esos hechos habían sido probados.
La propia resolución adopta expresamente ese criterio al señalar que el reconocimiento no pretende realizar una valoración partidaria de las ideas políticas o de la militancia de Irazuzta, sino preservar un hecho histórico documentado y reconocer su condición de víctima.
Durante el debate también apareció una reflexión más amplia sobre la violencia política y la intolerancia.
Se planteó que una sociedad democrática debe ser capaz de aceptar que sus integrantes pueden pensar de manera diferente sin que esa diferencia pueda convertirse en una justificación para quitarles la vida.
En ese sentido, se remarcó que aun cuando una persona pudiera haber sido considerada enemiga o subversiva por un gobierno de facto, eso no habilitaba al Estado a eliminarla sin juicio ni posibilidad de defensa.
La discusión llevó a una conclusión compartida: las diferencias ideológicas no pueden estar por encima del derecho a la vida, la libertad y la integridad física.
“Creemos que toda persona tiene derecho a tener un juicio justo”, se expresó durante la sesión, destacando que cualquier persona debe poder defenderse, explicar sus acciones y recibir una sentencia dentro de las normas correspondientes.
La resolución aprobada por el Concejo se inscribe justamente en ese criterio al reivindicar el respeto irrestricto de los derechos humanos.
Desde el bloque Somos Hernando, el concejal Santiago Zanotti puso el acento en otro aspecto de la iniciativa: la posibilidad de recuperar una historia que, durante décadas, permaneció prácticamente desconocida para buena parte de la comunidad.
La mirada estuvo puesta especialmente en María Eugenia como persona y no solamente como víctima.
Su condición de hernandense, hija, hermana, trabajadora y estudiante universitaria aparece así como un elemento fundamental del reconocimiento.
La resolución también toma esa perspectiva y establece expresamente que su historia de vida sea incorporada a la memoria histórica de Hernando, reconociendo su trayectoria y su vínculo con la comunidad.
Durante el debate se destacó que se trata de una historia de vida de una joven nacida en Hernando que atravesó uno de los períodos más trágicos de la historia argentina.
La referencia a su vida cotidiana permite además correr el foco de una mirada exclusivamente política para recuperar a la persona que existía detrás del expediente y de los registros históricos.
En la discusión también se mencionaron aspectos de la historia de María Eugenia relacionados con su militancia y con las circunstancias que rodearon su detención.
Se hizo referencia a la información existente acerca de su actividad y, particularmente, a la versión según la cual habría sido sometida a interrogatorios vinculados con un mimeógrafo y se habría negado a revelar determinada información.
Estos elementos fueron mencionados como parte de la reconstrucción histórica de su trayectoria, aunque el eje del reconocimiento institucional no está puesto en determinar una valoración política sobre esas acciones.
La resolución, de hecho, evita realizar ese tipo de valoración y concentra el reconocimiento en hechos documentados: su nacimiento en Hernando, su secuestro, su cautiverio y su asesinato.
La concejal Nancy Castellano también formó parte del debate en torno a la iniciativa, en una sesión donde se puso especial énfasis en la importancia de que las nuevas generaciones puedan conocer hechos de la historia local.
El reconocimiento de María Eugenia aparece así como una herramienta para acercar una parte de la historia argentina a la historia de Hernando.
La propia resolución sostiene que conocer la historia local es fundamental para fortalecer la memoria colectiva y transmitir a las nuevas generaciones los acontecimientos que atravesaron a nuestra sociedad.
En ese sentido, el homenaje no queda planteado solamente como una mirada hacia el pasado, sino también como una responsabilidad hacia el futuro.
Durante el tratamiento también se analizó qué puede ocurrir después de la aprobación de la resolución.
Vassallo aclaró que se trata de una resolución del Concejo Deliberante y que el Departamento Ejecutivo tendrá sus propias competencias y opiniones respecto de las acciones que eventualmente puedan desarrollarse.
La norma sugiere al Ejecutivo Municipal evaluar la realización de una acción permanente de reconocimiento y memoria. Entre las alternativas mencionadas figuran la colocación de una placa, la incorporación de una reseña histórica en un espacio público o institucional u otra iniciativa que permita mantener viva la memoria de Irazuzta.
También se planteó la posibilidad de que, en el futuro, pueda generarse un ámbito más amplio de investigación histórica, que no solamente analice los hechos sino también las diferentes interpretaciones que la sociedad fue construyendo sobre ellos.
La idea, según se expresó durante la sesión, sería que la memoria no quede reducida a una decisión política del momento, sino que pueda transformarse en una construcción colectiva.
Por eso, la aprobación de la resolución fue considerada como un primer paso.
La resolución contiene además un dato de particular relevancia para la historia de la ciudad.
El Concejo Deliberante deja constancia de que, de acuerdo con la documentación histórica consultada para elaborar la iniciativa, María Eugenia Irazuzta es la primera persona nacida en Hernando identificada en esa investigación como víctima asesinada durante el período comprendido entre 1966 y 1983.
El propio texto aclara que esta afirmación no impide que futuras investigaciones o nuevos antecedentes documentales puedan aportar otros nombres o información.
De esta manera, la resolución no solamente reconoce a una persona sino que abre también una puerta para continuar investigando la historia local.
La decisión del Concejo Deliberante representa la incorporación formal de María Eugenia Irazuzta a la memoria institucional de Hernando.
La resolución invita además a instituciones educativas, culturales, sociales y comunitarias a participar de acciones de difusión y preservación de su historia.
También establece que una copia de la resolución sea enviada a sus familiares, al Archivo Provincial de la Memoria de Córdoba y a la Universidad Nacional de Córdoba.
La iniciativa impulsada desde RH1 por Gustavo Herranz permitió llevar al ámbito legislativo local una historia documentada que hasta ahora no formaba parte de manera explícita de la memoria institucional de la ciudad.
Cincuenta años después de aquellos acontecimientos, el nombre de María Eugenia Irazuzta vuelve a ocupar un lugar en Hernando.
Ya no solamente en los archivos y en los expedientes judiciales, sino también en la historia oficial de la ciudad que la vio nacer.
Y ese reconocimiento, aprobado por unanimidad, plantea también una responsabilidad: conocer, preservar y transmitir su historia sin ocultarla detrás de las diferencias políticas, para que las nuevas generaciones sepan que detrás de los grandes acontecimientos de la historia también hubo vidas concretas, familias y jóvenes de nuestra propia comunidad.



