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Municipal: EL CONCEJO APROBÓ UNA ORDENANZA QUE GARANTIZA AUDIENCIAS PÚBLICAS
20/08/2026 | 11 visitas
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El Concejo Deliberante de Hernando aprobó este miércoles, por unanimidad, un proyecto que establece la obligatoriedad de realizar una audiencia pública cuando un proyecto de ordenanza de doble lectura sea ingresado bajo el mecanismo de tratamiento de urgencia (artículo 58 de la Carta Orgánica). La iniciativa había sido presentada semanas atrás por el bloque de concejales de Somos Hernando. Luego de analizar y revisar la propuesta, el oficialismo decidió acompañarla, posibilitando que finalmente fuera aprobada por la totalidad de los integrantes del cuerpo deliberativo.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMO EJE

El proyecto apunta a fortalecer los mecanismos de participación de los vecinos en el tratamiento de aquellas ordenanzas consideradas de especial relevancia para el Municipio y la comunidad.

La iniciativa toma como fundamento distintos artículos de la Carta Orgánica Municipal de Hernando, particularmente aquellos vinculados con la participación ciudadana, el procedimiento de doble lectura y las audiencias públicas.

La Carta Orgánica establece que determinadas ordenanzas deben ser tratadas mediante un procedimiento de doble lectura, que contempla la realización de una audiencia pública entre la primera y la segunda lectura.

Al mismo tiempo, existe un mecanismo de tratamiento de urgencia que establece que, si un proyecto no es expresamente tratado y rechazado dentro de los 60 días corridos desde la presentación de la solicitud, se lo considera aprobado.

Según los fundamentos del proyecto, la combinación de ambos mecanismos podría generar una situación en la que una ordenanza de especial importancia para la ciudad terminara aprobándose sin que previamente se hubiera concretado la audiencia pública correspondiente.

La nueva ordenanza busca precisamente evitar esa posibilidad.

LA AUDIENCIA PÚBLICA SERÁ OBLIGATORIA

El artículo primero establece que, cuando un proyecto alcanzado por el procedimiento de doble lectura sea ingresado al Concejo Deliberante bajo tratamiento de urgencia, deberá realizarse obligatoriamente la audiencia pública prevista por la Carta Orgánica Municipal.

La audiencia deberá concretarse antes del vencimiento de los plazos establecidos para el tratamiento de urgencia, incluso cuando el proyecto todavía no hubiera sido tratado por el cuerpo deliberativo.

De esta manera, el mecanismo de urgencia no podrá impedir la instancia de participación ciudadana prevista para las ordenanzas sometidas al procedimiento de doble lectura.

UN LUGAR Y HORARIO QUE FAVOREZCAN LA PARTICIPACIÓN

La ordenanza también dispone que la audiencia pública deberá realizarse antes de la finalización del período de sesiones ordinarias del Concejo Deliberante.

Además, establece que el lugar, el día y el horario deberán ser definidos de manera que se garantice la mayor participación posible de los vecinos.

UNA PROPUESTA DE SOMOS HERNANDO QUE TERMINÓ CON ACOMPAÑAMIENTO UNÁNIME

El proyecto había sido impulsado semanas atrás por los concejales de Somos Hernando, quienes plantearon la necesidad de reforzar las herramientas de participación ciudadana contempladas en la Carta Orgánica.

Tras la revisión de la iniciativa, los concejales del oficialismo resolvieron acompañarla, por lo que el proyecto llegó a la sesión de este miércoles con consenso suficiente para ser aprobado por unanimidad.

La nueva norma busca, en definitiva, que el tratamiento de urgencia de una ordenanza no pueda dejar de lado la participación de los vecinos cuando se trate de proyectos que, por su naturaleza, requieren el procedimiento de doble lectura.

El propio proyecto sostiene que la ordenanza procura complementar y profundizar los mecanismos de participación ciudadana ya establecidos en la Carta Orgánica Municipal, ampliando las garantías existentes sin restringir los derechos reconocidos.

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